Estructura de la gestión de los fondos Estructura de la gestión de los fondos

La ejecución de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos presentan una clara distribución de competencias entre los Estados miembros y la Comisión Europea, basado en un modelo de ejecución compartida. La Comisión Europea tiene competencias de desarrollo normativo de la legislación sobre los fondos europeos, de gestión financiera y de supervisión y control de la normativa reguladora de dichos fondos. Por su parte, corresponde a los Estados miembros su ejecución, asumiendo responsabilidades de gestión, control y auditoría.

En el ámbito de este reparto competencial, cada Estado miembro de la Unión Europea es el responsable de designar una autoridad de gestión, una autoridad de certificación, una autoridad de auditoría y, en su caso, órganos intermedios de ejecución del programa.

 

La Autoridad de Gestión es una autoridad pública, nacional, regional o local o un organismo público o privado designado por el Estado miembro para gestionar y ejecutar un programa operativo. Realiza funciones relativas a la gestión del programa operativo, la selección de las operaciones o la gestión y control financieros del programa operativo. Es la responsable de la gestión y aplicación efectiva de un programa operativo.

 

La Autoridad de Auditoría es una autoridad u organismo público, nacional, regional o local, funcionalmente independiente de las autoridades de gestión y de certificación, designada por el Estado miembro para cada programa operativo y responsable de verificar el funcionamiento efectivo del sistema de gestión y control.

Entre las tareas de la autoridad de auditoría se incluye la comprobación del funcionamiento eficiente de los sistemas de control y gestión (auditorías de los sistemas). También es responsable de llevar a cabo los controles destinados específicamente al gasto declarado (auditorías operativas).
Las funciones de la autoridad de auditoría las asume la Intervención General del Estado.

 

La Autoridad de Certificación es una autoridad u organismo público, nacional, regional o local designado por el Estado miembro a fin de garantizar la precisión de las declaraciones de gastos y las solicitudes de pago antes de su envío a la Comisión Europea. Por tanto, es la responsable de comprobar, por un lado, que la  declaración de gastos es exacta, que se ha realizado aplicando sistemas de contabilidad fiables y que se basa en justificantes verificables y, por otro, que el gasto declarado se atiene al derecho aplicable en la materia y se ha realizado en relación con las operaciones seleccionadas para financiación, de conformidad con los criterios aplicables al programa y en cumplimiento del derecho aplicable.

 

Es necesario hacer mención también a los Organismos Intermedios. Se definen como todo organismo público o privado que, bien actúa bajo la responsabilidad de una autoridad de gestión o de certificación para la realización de determinadas tareas propias de esas autoridades, bien desempeña competencias en nombre de tal autoridad en relación con los beneficiarios que ejecuten las operaciones en las que se concreta la ejecución de un programa operativo determinado.

 

Por último, debe hacerse mención a los Órganos Gestores de fondos comunitarios, que podrían definirse como aquellos órganos o unidades administrativas de la administración autonómica gallega que realizan actuaciones, a través de los distintos métodos de gestión (contratación, subvenciones), que son financiadas con fondos comunitarios.

 

A continuación, y para cada programa operativo, se podrá obtener información respecto a las autoridades y órganos indicados: